Las donaciones a la Fundación ROC son desgravables en el IRPF o en el Impuesto de Sociedades.
                    Tanto personas físicas como empresas pueden recuperar una parte de su aportación a través de la declaración de la renta o del impuesto de sociedades.
Para los particulares, en los primeros 250€ donados la desgravación es del 80% y un 40% adicional para cantidades superiores.
              A partir de
250€
Límite
10%
Deduces
40%
              Primeros
250€
Límite
10%
Deduces
80%
              Donaciones plurianuales*
Límite deducción base liquidable
10%
Deduces
40%
* Colaborando con la misma entidad al menos 3 años por importe igual o superior, en cada una de ellas, al del ejercicio anterior.
Para las PERSONAS JURÍDICAS, en los primeros 250€ donados la desgravación es del 80% y un 40% adicional para cantidades superiores.
            Cualquier
donación
Límite
10%
Deduces
40%
            Donaciones plurianuales*
Límite deducción base liquidable
10%
Deduces
50%
* Colaborando con la misma entidad al menos 3 años por importe igual o superior, en cada una de ellas, al del ejercicio anterior.
También se pueden deducir las donaciones o servicios bajo condiciones específicas que incluyen su valoración económica. Por ejemplo, la donación de material para los países donde cooperamos. Se aplican incentivos similares a los donativos en efectivo, respetando límites y requisitos legales.
        Tu colaboración es clave para que la Fundación ROC siga impulsando proyectos que mejoren la vida de miles de personas.
Con tu apoyo, podemos facilitar el acceso a la salud en comunidades vulnerables, así como la educación y la investigación en el ámbito de la urología. Juntos podemos marcar la diferencia.